PLAZO JUSTIFICACIÓN AYUDAS ANUALIDAD 2020

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Desde el GAL Rurable se informa a los promotores que han solicitado ayudas:

Con la disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020 de 14 de marzo, por el cual se declara el estado de alarma, se suspenden o interrumpen todos los términos para la tramitación de los procedimientos. El cómputo de los términos se retomará en el momento que perderá vigencia el mencionado Real Decreto o en su caso, las prórrogas de este.  Es por eso que el término de justificación de las ayudas correspondiente a la anualidad 2020 comenzará a contar a partir que finaliza la suspensión y se ampliará por los mismos días que haya durado la suspensión.[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row]